ualquier
persona física o jurídica podrá depositar
una solicitud de patente.
La Carta Patente es un título de
propiedad con plazo establecido por el Estado, que concede
a su titular todos los derechos de invención, de
adición o de mejoramientos en su creación.
Un pedido de patente es mantenido en sigilo
dentro del INPI durante 18 meses, contados de la fecha
del depósito, después del cual el INPI efectuará
la publicación del pedido, tornando de conocimiento
público sus datos básicos. A partir de este
procedimiento, terceros interesados en la materia podrán
obtener copia del informe descriptivo de la invención
y así podrán también presentar subsidios
al examen, que en el futuro se constituirán en
oposiciones al expediente.
Este pedido será sometido al Examen
Técnico, dentro de los plazos legales, para que
el INPI pueda efectuar el análisis de los aspectos
técnicos reivindicados y de las eventuales oposiciones
(subsidios) presentadas por terceros. Concluido el examen,
será proferida la decisión de aceptación
o de exigencias técnicas. Cumplidas las formalidades
exigidas (plazo de 90 días) el pedido será
aprobado o rechazado, ocasionando el pago de las tasas
relativas a la concesión o el eventual recurso
contra la decisión de rechazo.
A partir del depósito de cualquier
pedido de patente, éste estará sujeto al
pago de anualidades a partir de determinados plazos legales
con vistas a garantizar su mantenimiento.
El plazo de tramitación de un pedido
de patente podrá variar, dependiendo del propio
titular, visto que la Ley le permite requerir una anticipación
de la publicación y del examen técnico,
con la finalidad de agilizar el periodo de sigilo y de
análisis de cada proceso.
La Patente de Invención (PI)
concedida por el plazo de 20 años, sin prórrogas,
a partir de la fecha del depósito, protege toda
novedad "absoluta" susceptible de aplicación
industrial.
El Certificado de Adición (CA)
posee una fecha de vigencia idéntica a la patente
principal, de forma que independiente de la fecha de depósito,
su plazo de validez expirará juntamente con la
primera. Es utilizado para proteger complementaciones
del pedido inicial.
El Modelo de Utilidad (MU) concedido
por el plazo de 15 años, sin prórrogas,
a partir de la fecha del depósito protege todos
los perfeccionamientos o mejoramientos efectuados en invenciones
ya patentadas anteriormente por el propio titular o por
terceros.
El Diseño Industrial antes
considerado un tipo más de patente, pasó
a recibir tratamiento especial a través de la Ley
no. 9279/97. Diseño Industrial es toda forma plástica
de un objeto o el conjunto ornamental de lineas y colores,
aplicado a un producto y que resulte en un aspecto visual
externo nuevo y original. Tendrá que referirse
a un único objeto, con un cierto número
de variaciones dentro da la misma característica
y tendrá que permitir su fabricación en
escala industrial.
En algunos casos, el DI posee un aspecto
visual tan diferenciado y único que pasa a actuar
como verdadera MARCA, y puede en estos casos, también
ser depositado como "marca tridimensional".
Considerándose que como marca la prórroga
del registro podrá ser indefinida, tendremos una
posibilidad adicional de protección al mismo producto
de forma más amplia.
El progreso procesal del Diseño Industrial
es diferenciado de los anteriores, por no poseer periodo
de sigilo, no sufrir exigencias formales y no pasar por
examen técnico (excepto si solicitado por el titular
a cualquier tiempo). Será concedido por 10 años,
y puede ser prorrogado por periodos iguales de 5 años
cada, por un plazo total de hasta 25 años.
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